Nuevo SMI 2026: esto es lo que sube y cómo afecta a tu empresa (con efectos desde enero)

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Si tienes personas a tu cargo, ya sea uno o veinte empleados, atento a esto. El BOE acaba de publicar el Real Decreto que fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026. Y sí, hay subida. Pero ojo, que no todo el mundo tiene que subir el sueldo a toda la plantilla, y además hay que tener en cuenta que esta subida es retroactiva.

Vamos a desgranarlo para que no te líes con el papeleo y sepas exactamente cómo actuar en tu nómina de febrero (y en la de enero, que toca ajustar).

¿Cuánto sube el SMI en 2026? Las cifras clave

El nuevo SMI queda fijado en 1.221 euros brutos al mes si tienes a tus empleados en 14 pagas (las pagas extra aparte). En cómputo anual son 17.094 euros, y si el contrato es por días, el mínimo es de 40,70 euros diarios.

Esto significa que, desde el 1 de enero de 2026, ningún trabajador a jornada completa puede cobrar por debajo de esa cantidad en cómputo anual. Si hasta ahora tenías a alguien con un salario justo por encima del SMI anterior, esta subida puede que te obligue a tocar su nómina… o no. Depende de si ya le pagabas más.

¿A quién hay que subir el sueldo? (Importante: la compensación y absorción)

Aquí viene la clave que siempre genera dudas. La ley dice que no tienes que subir el sueldo a todos los empleados, solo a aquellos cuyo salario total (sumando todos los conceptos: pluses, antigüedad, pagas extras, etc.) sea inferior al nuevo SMI anual.

Es decir, si un trabajador ya cobraba, por ejemplo, 18.000 euros brutos al año, aunque el SMI haya subido, su salario ya está por encima del nuevo mínimo. No estás obligado a incrementarlo. El SMI es un suelo, no un incremento generalizado.

A esto se le llama compensación y absorción: los aumentos del SMI se pueden compensar con las mejoras salariales que ya tuviera el empleado por convenio o contrato, siempre que en conjunto no se baje de ese nuevo mínimo anual. Ojo, esto no significa que puedas bajar el sueldo a nadie, sino que si ya le pagabas más de 17.094 euros, no hace falta tocar nada.

Ojo al calendario: es retroactivo desde el 1 de enero

El Real Decreto se publica ahora (febrero) y entra en vigor el 20 de febrero de 2026, pero surtirá efectos desde el 1 de enero de 2026.

Esto significa que, si en la nómina de enero pagaste el SMI anterior (o un salario que ahora está por debajo del nuevo mínimo), en la nómina de febrero tienes que regularizar. Es decir, tienes que pagar la diferencia correspondiente a enero (el famoso «atraso») y ya aplicar el nuevo salario desde febrero en adelante.

Por ejemplo: si un empleado cobraba el mínimo antiguo y ahora le corresponde el nuevo, en febrero recibirá:

  • Su nómina de febrero ya con el nuevo sueldo (1.221 €).

  • Más un extra (atraso) correspondiente a la diferencia de enero.

¿Qué pasa si tengo dudas con mi caso concreto?

Entendemos que cada empresa es un mundo. Hay convenios colectivos, pluses personales, pagas prorrateadas… y a veces no está tan claro si un salario es compensable o no.

Nuestros profesionales en la asesoría pueden revisar tu caso concreto, calcular si tienes que subir salarios o no, y ayudarte a confeccionar las nóminas de febrero con la regularización correcta para que no tengas problemas con Hacienda ni con los trabajadores.

Pásate por la oficina o escríbenos. Te explicamos cómo aplicar el nuevo SMI 2026 sin sustos y cumpliendo la ley al pie de la letra. ¡Ah, y recuerda que el plazo para pagar los atrasos es ya!

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